Dirección de Fiscalización
- Fiscalizar y vigilar los ingresos y gastos de las Asociaciones Políticas Estatales y de las Organizaciones que pretendan obtener su registro como partido político local, a partir del momento en que notifiquen de tal propósito al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana;
- Colaborar con los procedimientos de pérdida de registro de los partidos políticos y responsable de los procedimientos de liquidación de los partidos políticos locales que pierdan su registro;
- Presentar al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana los proyectos de dictámenes relativos a la aplicación de multas a los sujetos obligados con motivo de las resoluciones del Instituto Nacional Electoral;
- Dirigir las normas generales de contabilidad y registro de operaciones aplicables a los sujetos obligados;
- Coadyuvar en el cumplimiento de las atribuciones de la Comisión de Fiscalización, de conformidad al Reglamento de las Comisiones Permanentes y Temporales del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana;
- En caso de que sea delegada la facultad por el INE, fiscalizar a los partidos políticos y candidaturas independientes, en los términos y conforme a los procedimientos previstos por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la
- Ley General de Partidos Políticos, los reglamentos, lineamientos, acuerdos generales, normas técnicas y demás disposiciones aplicables y las que emita el Consejo General del Instituto Nacional Electoral y del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.
- Las demás que le confieran las leyes generales de la materia, la Ley Electoral para el Estado de Nuevo León y las demás disposiciones aplicables.